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Inclusión del Bronco no es político: TRIFE

 

Al advertir que la defensa de Jaime Rodríguez Calderón contra el rechazo del INE para ser inscrito como candidato en las boletas electorales; el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación descartó que su inclusión no “fue política”.

Tras una serie de señalamientos contrarios a la decisión del órgano electoral; la magistrada presidenta Janine M. Otálora Malassis, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales, Felipe de la Mata Pizaña, y José Luis Vargas Valdes defendieron la resolución en torno a “El Bronco”.

En rueda de prensa, tres de los cuatro magistrados que votaron por amparar al gobernador con licencia de Nuevo León, consideraron que existen elementos de prueba para pensar que “podría” haber alcanzado el número de firmas para obtener su registro.

“De este modo, el Tribunal consideró que, si se hubiesen revisado los 418 mil 494 apoyos en su totalidad, como lo pedía el aspirante, y que no se autorizó por el INE, es evidente que hubiera podido recuperar el 1.9 por ciento de apoyos que le faltaba para llegar al umbral requerido.

“La autoridad administrativa no demostró que dichos apoyos fueran inválidos”, explicaron los magistrados mientras realizaban un desglose de las revisiones que realizaron durante el proceso.

magistrados Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y Mónica Aralí Soto Fregoso consideraron que el INE actuó erróneamente al eliminarle apoyos a Rodríguez Calderón.

José Luis Vargas Valdez sostuvo que existen los elementos de prueba para verificar que el Bronco habría alcanzado los 16 mil 656 apoyos que le faltaban, si se le hubiera permitido revisar las más de 300 mil firmas.
También aseguró que las inconsistencias de sus apoyos no incluían las firmas de personas muertas como lo denunció el consejero del INE, Ciro Murayama.

Incluso dijo que es el conocimiento público que hay en otras instancias, penales y administrativas, cuestionamientos de otra naturaleza sobre las que “no nos pronunciamos en esta sentencia, pero que siguen su curso y habrán de resolverse en otro momento”..

En tanto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera dijo que el Tribunal no hace política, por lo que pidió a militantes y a las autoridades conducirse con apego a la ley y ser sensibles con la crítica.

En su oportunidad, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso dijo que la resolución está sustentada en “estándares internacionales”, así como en el artículo primero de la Constitución.

La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso habló sobre el caso del también candidato independiente Armando Ríos Piter.

“En el caso de Ríos Piter fue diferente. Él no hizo audiencias preliminares y era una de las cosas que se le cuestionaban y también lo dejo de manifiesto la autoridad responsable, nunca vino, entonces no ejerció su garantía de audiencia.

“Al final, cuando se determinó la etapa preliminar siguió la etapa de revisión cualitativa y ya al final del plazo se le dice que no alcanza su pretensión de lograr el porcentaje requerido y que se le dan cinco días para que vaya a ejercer su derecho de audiencia y lo que a su derecho convenga”.

 

Anexo: Gráficas sobre la revisión del proceso contra El Bronco