Ahora será considerado como delito el hecho de que un padre renuncie a su trabajo o solicite licencia sin goce de sueldo con dolo para no cumplir con sus obligaciones alimentarias, luego que el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal, propuesta por el Grupo Legislativo del PRI.
Con esta medida se busca garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir la manutención adecuada, que surgió a raíz de una propuesta del Diputado priísta Álvaro Ibarra Hinojosa para modificar el artículo 280 Bis del Código Penal, en el que se propone establecer pena de prisión de uno a seis años y multa de 180 a 360 cuotas (de 15 mil 208 pesos a 30 mil 416 pesos) a quien incumpla con las obligaciones alimentarias bajo estas circunstancias.
Al avalar la reforma, el Coordinador del GLPRI, Francisco Cienfuegos, manifestó que la desintegración familiar no debe ser un pretexto para que sus miembros o alguno de ellos se desentiendan de las obligaciones que adquirió cuando decidió unirse a otra persona y tener hijos, ya que estos deberes no se extinguen al terminar la relación de la pareja.
“Se busca sancionar al que renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo y sea éste el único medio de obtener ingresos con el objeto de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias que la Ley determina bajo el principio pro-persona y el interés superior de niñas, niños y adolescentes”, expresó en tribuna el líder del Grupo Legislativo del PRI.
“El único objetivo es establecer en el Código Penal para el Estado de Nuevo León, los elementos objetivos que permitan a los operadores del sistema de justicia penal, contar con herramientas útiles para investigar y sancionar de una mejor manera el incumplimiento de las obligaciones alimentarias”, agregó el Coordinador.
Al presentar el dictamen ante el Pleno del Poder Legislativo, el Legislador del PRI, Zeferino Juárez Mata, aseguró que, en Nuevo León, los diputados seguirán impulsando acciones en favor de los menores y la familia.