La Corte Constitucional de Colombia despenalizó el aborto hasta las 24 semanas de gestación. Tras más de ocho horas de debate, el alto tribunal tomó la histórica decisión con mayoría simple 5-4.
Hasta ahora, el Código Penal en Colombia consideraba legal el aborto en tres casos específicos: violación o incesto, malformación fetal que haga inviable su vida, o cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. Pero quien se practicaba un aborto —o quien lo realizara— por fuera de estos tres escenarios, cometía un delito. Eso cambió: ahora se puede abortar hasta los 6 meses de embarazo.
Después de la semana 24, aplican las tres causales específicas para practicar un aborto legal.
La Corte Constitucional concluyó así el debate sobre las dos demandas que pedían que se despenalice la práctica y ponen en primer plano el derecho al aborto.
Una de estas demandas fue interpuesta por el Movimiento Causa Justa, que promueve la eliminación del delito de aborto del Código Penal colombiano y que dice estar conformado por más de 90 organizaciones y más de 150 actores clave.
Este movimiento busca que “ninguna mujer vaya a la cárcel por decidir sobre su cuerpo; y para que las profesionales de la salud puedan ejercer su oficio sin criminalización ni estigmas”.
Según Causa Justa, al fallar a favor de eliminar el aborto como un delito, la Corte lograría un reconocimiento a la “libertad y autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos y proyectos de vida, características fundamentales de una ciudadanía plena”.
La otra demanda fue interpuesta por el abogado Mateo Sánchez en 2020, en medio de un contexto social en el país en el que se discutía la penalización total del aborto —incluso eliminar las tres causales— y proyectos de ley en el Congreso para este mismo fin, dijo Sánchez en una entrevista en el podcast de la periodista Claudia Palacios.