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Kenia Hernández: caso de discriminación de la protesta que muestra los riesgos de la reforma reciente

En diciembre de 2021 la Cámara de Senadores aprobó con 75 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones la reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, mismo que entró en vigor el pasado 22 de febrero. El Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS) en su momento expresó públicamente su preocupación por este hecho, al considerar que generaría un impacto negativo e inhibitorio hacia el derecho a defender derechos humanos y el derecho a la protesta social.

Poco más de un año antes Caminos y Puentes Federales (CAPUFE) consiguió que fuera detenida la defensora de derechos humanos Kenia Inés Hernández Montalván, quien, por un riesgo derivado de su actividad como defensora, contaba con la protección del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras y Periodistas de la Secretaría de Gobernación.

El 18 de octubre de 2020 un operativo conformado por alrededor  de 22 elementos policíacos escoltados por 20 patrullas y encabezado por la Guardia Nacional detuvo a la defensora sin informarle la razón de su detención[1]. Desde entonces, la Comisión Nacional de Derechos Humanos se ha pronunciado en tres ocasiones[2] para demandar que se garantice su debido proceso. Esto responde al hecho de que se  ha tratado de estigmatizar a la defensora  como una criminal peligrosa por su acompañamiento a colectividades que protestaban pacíficamente en casetas de peaje. Todo esto en un contexto en el que desde el Estado se cierran los canales de diálogo a las colectividades que se sienten afectadas por proyectos, o que ven en el ejercicio de la protesta una estrategia de reivindicación de derechos. 

El cambio en el artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación se enfoca en un solo párrafo para imponer sanciones que van de 3 meses a 7 años de prisión, con multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (más o menos entre de 9 mil y 45 mil pesos). Esta modificación a la ley antes mencionada materializa la criminalización a toda aquella persona que por motivos legítimos y de manera pacífica decida emprender una acción de protesta como puede constatarse en el caso de la defensora.

Hasta ahora se sabe de 8 procesos federales en su contra de los cuales 3 ya fueron archivados temporalmente. Apenas un par de días después de la más reciente sentencia en su contra, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la citada reforma a la Ley. El escarmiento social emblematizado en el castigo ejemplar a Kenia Hernández y la reforma tienen la misma finalidad: criminalizar e inhibir el derecho a la protesta social.

Prueba de esto es la negativa reiterada de CAPUFE para acceder a un acuerdo reparatorio al que Kenia y su defensa están dispuestas. CAPUFE, al ser un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, forma parte del Estado mexicano. Por ello como FLEPS llamamos al Presidente de la República a reafirmar su compromiso público de no ser un presidente represor instruyendo a CAPUFE para que desista la criminalización en contra de Kenia Hernández y se abstenga de utilizar la reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación como una herramienta de criminalización de la protesta social en México. 

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