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Aprueba Congreso Local sancionar a quienes hagan tatuajes a animales domésticos

El Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas a los artículos tercero y 27 de la Ley de Protección y Bienestar Animal para sancionar las mutilaciones estéticas parciales o totales que se hagan en los animales.

“Es crueldad animal mutilar total o parcialmente cualquier parte del cuerpo de un animal, alterar su integridad física, así mismo las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal con fines estéticos, tales como: la mutilación de la cola o rabo, de las orejas, la sección de las cuerdas vocales, la extirpación de uñas y dientes y cualquier otra que altere su integridad física, su comportamiento o instinto natural”, establece el decreto.

“Lo anterior salvo que sea por cuestiones de salud, control natal, identificación o marcaje de la especie de que se trate o sea por motivos de piedad, lo cual deberá acreditarse”, especifica el documento.

La propuesta presentada por la fracción parlamentaria del PRI establece que, al dificultar el movimiento nato de las mascotas, contraviene en el desarrollo de socialización natural, ya que la mutilación total o parcial de la cola o rabo y orejas de un animal, y genera en ellos diversos efectos que vulneran su equilibrio, audición, además de producirles un intenso dolor.

“Se busca otorgarles un trato digno y crear conciencia social en la forma de tratar y de convivir con ellos, la cual, a su vez, genere una comunidad sensible y responsable de su bienestar”, precisó.

En la sesión, la Diputada local del PRI, Ana González González se pronunció a favor del dictamen, al señalar que los animales merecen ser tratados con respeto y deben tener derecho a la atención, a los cuidados y la protección del hombre.

Las modificaciones a la fracción V Bis del artículo 27, establece sancionar el que se altere la piel de los animales domésticos.

“Alterar de manera temporal o permanente la piel de los animales domésticos mediante la realización de tatuajes con fines estéticos o la colocación de piercings o perforaciones, quedando exceptuados los casos previstos dentro de la presente ley”, indica el dictamen.

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