Sin modificaciones, con 15 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones, las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado, aprobaron el dictamen de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano que traslada a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) el cuidado del espacio aéreo.
En una sesión que duró menos de una hora, los senadores de oposición pidieron más tiempo para discutir la minuta enviada por la Cámara de Diputados, con el argumento de que el tema es muy especializado.
El panista Antonio Martín del Campo propuso que se realice un Parlamento Abierto para consultar con expertos en aeronáutica civil, a las Fuerzas Armadas y a todo el sector involucrado, mientras que el senador de Movimiento Ciudadano, Marco Antonio Gama, consideró que en el dictamen no se contempla la normatividad internacional.
Aunque la senadora priista Claudia Ruiz Massieu acusó que se está legislando a la ligera, la mayoría de Morena y sus aliados aprobaron sin cambios el dictamen, que se espera sea debatido en la sesión del pleno de este miércoles.
El dictamen establece que la Sedena será la encargada de coordinar la participación de las autoridades para que coadyuven en la vigilancia y protección del espacio aéreo mexicano, en el ámbito que compete a la seguridad nacional.
El Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo actuará conforme a sus atribuciones al observar alguna maniobra de vuelo como no activar su código transponder o apagarlo durante el vuelo, cambiar de ruta sin motivo aparente, no establecer comunicación con los servicios de control de tránsito aéreo previstos por la autoridad aeronáutica, no contar con información de plan de vuelo, registrar cambios erráticos de velocidad, altura, rumbo o realizar maniobras inusuales, sobrevolar una zona restringida, prohibida, peligrosa, de vigilancia y protección del espacio aéreo mexicano y de identificación de defensa aérea, y cuando una aeronave se encuentre en situación de emergencia.
El Centro de Vigilancia considerará como vuelo no autorizado “cuando la traza de interés no fuera identificada y cuando las aeronaves no cuenten con un plan de vuelo autorizado por la autoridad aeronáutica, ni aprobado por los Servicios de Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano”.
Se considera vuelo clandestino “cuando la tripulación de una aeronave no cuente con un plan de vuelo autorizado antes del despegue o aprobado durante el vuelo, para evitar ser detectado, eluda o desobedezca a la autoridad y cuando incurra en desacato, no exhiba de manera visible o no sea posible visualizar por medio de electro-ópticos los distintivos de nacionalidad y matrícula de la aeronave, aterrice en un lugar distinto al establecido al plan de vuelo sin dar aviso, y cuando se localice la aeronave en una superficie terrestre o marítima diferente a un aeródromo o helipuerto”.
Se estipula la creación del Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano, el cual tiene por objeto la coordinación entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que lo integran, para inhibir y contrarrestar las operaciones aéreas ilícitas que atenten contra la seguridad nacional.
El Sistema estará integrado por la Secretaría de la Defensa Nacional, que coordinará a la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana y la Comandancia del Centro Nacional para la Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, la Secretaría de Marina Armada de México, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Agencia Federal de Aviación Civil y los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano; la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Guardia Nacional y el Centro Nacional de Inteligencia, así como la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración.