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Aprueban diputados reducir la edad mínima para cargos públicos

La Cámara de Diputados aprobó esta tarde una iniciativa que modifica el requisito de la edad mínima para ser aspirante a un cargo público, la cual pasa de ser de 21 a 18 años en el caso de buscar ser diputado federal, mientras que para ser secretario de Estado pasará de los 30 a los 25 años.

La propuesta recibió 439 votos a favor, tanto en lo general como en lo particular, la cual logró obtener la mayoría calificada y se modificarán los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los que se fijan los requisitos para aspirar a un cargo federal, así como la edad mínima de las y los postulantes.

De acuerdo con el proyecto de la iniciativa, el artículo 55 constitucional quedaría de la siguiente manera: “Para ser diputado se requiere tener 18 años cumplidos el día de la elección”. Del mismo modo, el artículo 91 quedará así: “Para ser secretario de Estado se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de su derecho y tener 25 años cumplidos”. 

La reforma a la ley no especifica si el o la aspirante a diputado federal pueda hacer campaña aún siendo menores de edad o serán elegidos bajo el principio de representación proporcional (plurinominales).

Los dictámenes pretendían reducir también la edad mínima para ser senador a 21 años y para ser gobernador a 25 años, sin embargo sólo se avalaron los cambios en los artículos 55 y 91.

Los diputados argumentaron su voto a favor de la iniciativa al mencionar que buscan brindar mayores oportunidades a los jóvenes, permitir que laboren en la Cámara de Diputados y permitir el “relevo generacional”.

El decreto entrará en vigor un día después de que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación. Ante esto, las legislaturas locales tendrán un plazo de 180 días para dar cumplimiento a las modificaciones del decreto.

Tras su aprobación, la iniciativa será remitida al Senado de la República, donde será revisada y votada, y, en caso de obtener la mayoría, será remitida al Ejecutivo para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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