A fin de gravar la práctica de subcontratación, mejor conocida como outsourcing, para evitar el abuso de los empleadores.
De igual forma, se pretende redistribuir lo recaudado en gasto público, dijo el diputado Samuel García al presentar una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de Outsourcing.
En la exposición de motivos, el legislador Samuel García señaló de acuerdo a un estudio realizado por Staffing Industry Analysts en 2015, México ocupa el quinto lugar de la industria de la subcontratación en América Latina, llegando a representar un valor de mercado de cerca de un 1,457 millones de dólares anuales que operan a través de esta institución jurídica.
Hoy en día, el Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene un registro de aproximadamente 4.9 millones de trabajadores subcontratados, y es utilizado con el objeto de explotar los derechos laborales, eliminar el derecho de antigüedad y con ello la posibilidad de una jubilación, así como la libre asociación sindical; promueve salarios y prestaciones menores a los que ofrece un esquema de contratación directa; el patrón real no tiene ninguna responsabilidad respecto de los trabajadores y puede prescindir de sus servicios en cualquier momento sin justificar un despido.
“Aún y cuando existe legislación en torno a la industria de la tercerización, existe un numerable impacto de informalidad en el mercado, pues de las 900 empresas registradas bajo esta actividad económica, sólo 100 cuentan con el registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
“ Y de éstas, solamente el 40% paga impuestos, lo que nos permite concluir que apenas el 4% de las empresas registradas pagan sus impuestos como debe ser”, expuso el diputado García.
“El contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista, deberá constar por escrito. La empresa contratante deberá cerciorarse al momento de celebrar el contrato a que se refiere el párrafo anterior, que la contratista cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, incluyendo pago de proporcionales, vacaciones, seguro social y todas las demás que deriven de esta Ley.
Además, la empresa contratante deberá cerciorarse que el salario con el que la contratista tenga registrados a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, sea por lo menos equivalente al salario mínimo profesional vigente que corresponda al trabajo prestado, según la especialización del servicio subcontratado”.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Legislación para su estudio.