La Suprema Corte de México ha despenalizado el aborto tras una decisión histórica votada por unanimidad de los ministros en pleno. “A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, ha dicho el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
Se trata, ha añadido, de una “nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en su lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de sus derechos”. La justicia mexicana abre así un camino expedito para la interrupción voluntaria del embarazo, una práctica muy desigual en todo el país, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos.
En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas no punibles para abortar. Y no siempre se cumplen.
Las activistas por el aborto tienen en el día de hoy uno de los más celebrados en su lucha por esta materia, los pañuelos verdes han ondeado en la calle. México está muy rezagado en esta materia, que se ha ido parcheando a través de decisiones judiciales en el tiempo con las que se han ido declarando inconstitucionales algunas normativas regionales.
Hoy, de nuevo la justicia, ha aportado su colaboración en una materia en la que el Gobierno federal se niega a legislar para no abrir espacios de “enfrentamiento”, según ha manifestado el presidente, Andrés Manuel López Obrador, en alguna ocasión. Aunque tampoco se ha manifestado en contra del aborto abiertamente. Las mujeres “y personas gestantes”, como lo han calificado constantemente, no podrán ser castigadas en ningún momento por abortar en México. “El Tribunal demuestra así, con hechos y sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los Derechos Humanos”, ha dicho Zaldívar.
Los ministros de la Corte han debatido durante dos días una causa de inconstitucionalidad que llegaba desde los Estados de Coahuila y Sinaloa, muy restrictivos con la interrupción el embarazo puesto que en uno de ellos se penalizaba con cárcel de uno a tres años y el otro estaba blindado con una norma que consideraba la existencia de vida desde el mismo momento de la concepción.
La decisión de la Corte se ha basado en la autonomía de la mujer para decidir sobre la maternidad, más allá de otros conceptos sobre la vida prenatal.
“Hablar de una idea de la vida sobrepasa el derecho y un Tribunal Constitucional no puede sustentar sus decisiones en apreciaciones particulares y subjetivas, sino universales”, ha dicho la ministra Margarita Ríos Farjat. Y ha añadido: “El asidero del derecho penal para sancionar no es potestade del legislador sino de los Derechos Humanos, lo demás son sofismos que obnubilan el problema de las mujeres”. De lo que deben hacerse cargo los Estados es de garantizar la salud pública y la seguridad”, ha añadido. “Se destierra la amenaza de la prisión sobre las mujeres y el estigma”, dijo después el ministro ponente, Luis María Aguilar Morales.
El pleno ha declarado inválido también un artículo del Código Penal de Coahuila en el que la violación en el seno del matrimonio o de la pareja estaba menos penalizada que en el resto de los casos. También en esto se ha conseguido la unanimidad.
El gran paso dado hoy en México, un país de profundas convicciones no solo católicas, sino de otras religiones aún más restrictivas con estas prácticas, por más que laico en sus preceptos constitucionales e históricos, le sitúa en la línea de modernidad legal que han alcanzado otras naciones.
Muy celebrado a nivel mundial fue el derecho al aborto legislado en Argentina en diciembre del año pasado. México no podía quedar atrás y se espera que esta decisión judicial ponga los cimientos para futuras legislaciones en los Estados que aún no las tienen.
La Ciudad de México se adelantó en 2007 con una ley de plazo que establece 12 semanas para interrumpir la gestación sin dar explicaciones ni motivos. Le han seguido Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. En todo el país se practican cada año entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos y un tercio de ellos resultan con complicaciones que requieren atención médica urgente. Miles de mujeres pierden su vida con intervenciones caseras o llegan desangradas a los hospitales, donde tampoco suelen encontrar la comprensión del personal sanitario, temerosos de que el Estado en cuestión cargue contra ellos por facilitar el aborto. La objeción de conciencia es algo que también está pronto a resolver la Suprema Corte.
Recientemente, la Suprema Corte también declaró inconstitucional la existencia de un plazo determinado para abortar cuando se trate de un caso de violación, y obligó al Estado de Chiapas a modificar ese asunto en su legislación, en virtud del cual se impidió la interrupción del embarazo en 2018 a una muchacha de 17 años con parálisis cerebral. La gestación había cumplido ya los 90 días dictados para ello.
México ha reformado recientemente su Poder Judicial. Ahora basta con una decisión del Pleno votada por unanimidad para sentar jurisprudencia, donde antes se necesitaban cinco similares. Esa es la razón de que el día de hoy se considere ya como histórico entre quienes han defendido que la mujer es libre para decidir sobre su propio cuerpo en el caso de embarazo no deseado. Los magistrados han tenido en cuenta la tremenda situación de violencia en que se desenvuelven las mujeres en este país norteamericano.