La marchista mexicana Lupita González recibió una sanción de cuatro años de suspensión debido a que rompió las reglas antidopaje, así lo consideró el Tribunal Disciplinario Mundial de Atletismo, por lo que no podrá competir hasta noviembre de 2026.
“El Tribunal Disciplinario, integrado por Lucas Ferrer como árbitro único, determinó que la Sra. González Romero ha cometido una Violación de las Reglas Antidopaje de conformidad con el Artículo 2.5 del ADR, y como resultado se impone un período de Suspensión de cuatro (4) años”, se lee en el comunicado oficial.
Además, informaron que este periodo comenzará a correr después del tiempo de inelegibilidad, mismo que culmina en noviembre del siguiente año, ya que, en primera instancia, la marchista nacional quedó inhabilitada hasta dicha fecha.
“Deberá correr consecutivamente al período de Inelegibilidad ya impuesto a la atleta hasta el 15 de noviembre de 2022 por la violación de los Artículos 2.1 y 2.2 del ADR. El período de Inelegibilidad de 4 años por la violación del Artículo 2.5 del ADR comenzará el 16 de noviembre de 2022 y expirará el 15 de noviembre de 2026”.
Pese a todo, dicho periodo es apelable ante el TAS si es que así lo desea la deportista. Anteriormente, se sancionó a Lupita González por dar positivo a la presencia de una sustancia prohibida en 2018, situación por la que pidió una resolución ante el TAS, misma que fue desestimada en julio de 2020.
Todo este caso de la marchista mexicana comenzó el 10 de diciembre de 2018, cuando la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU, por sus siglas en inglés) notificó a González de la violación de los artículos 2.1 y 2.2 del Reglamento por el uso y presencia en su organismo de la sustancia trembolona.
Tras una audiencia el 17 de abril de 2019, el Tribunal Disciplinario de World Athletics resolvió tres semanas después suspender a Gónzalez por un periodo de cuatro años -del 16 de noviembre de 2018 al 15 de noviembre de 2022-, sentencia que el TAS ratificó al desechar el recurso de apelación de la deportista mexicana y sus abogados el 2 de julio de 2020.
Sin embargo, una semana antes de que el TAS rechazara la apelación de Lupita González, es decir, el 13 de julio del año pasado, la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) envió a la atleta un segundo cargo por la posible violación del artículo 2.5 del Reglamento Anti-Dopaje, por la manipulación o intento de manipulación de un control de doping.
A 13 meses de esa notificación, el Tribunal Disciplinario de World Athletics, con el español Lucas Ferrer como único árbitro, determinó la culpabilidad de González Romero en la violación de dicho artículo y por ello impuso un nuevo periodo de inelegibilidad para la marchista mexicana que comenzará en cuanto termine la primera sanción, es decir, del 16 de noviembre de 2022 al 15 de noviembre de 2026.
Como se explicó anteriormente, González puede recurrir ante el TAS, pero por lo pronto no podrá participar en ninguna competencia oficial de World Athletics por los próximos cinco años y tres meses, con lo cual se perdería los próximos Juegos Olímpicos de París 2024, como ocurrió hace unos días con Tokio 2020, así como campeonatos mundiales y otras competiciones.