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Demanda Morena dar vista a FGR sobre triangulación de recursos en campaña de Samuel García

Al considerar que hubo omisiones por parte del Instituto Nacional Electoral (INE) en la investigación al hoy gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, por recibir recursos prohibidos durante su campaña de 2021, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena presentó un recurso de apelación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Con el objetivo de dar vista a la Fiscalía Electoral de la Fiscalía General de la República (FGR),
Mario Rafael Llergo Latournerie, representante de Morena ante el Consejo General del INE,
presentó por escrito el recurso de apelación en torno al caso denunciado el año anterior en
Nuevo León.


Sostuvo que el Consejo General del INE, fue “omiso en investigar de forma completa,
imparcial y exhaustiva los hechos que denunció mi representado; en particular, por no
haber investigado ni sancionado a las personas físicas Bertha Silvia Sepúlveda Andrade
(madre del otrora candidato), Roberto Miguel García Sepúlveda (hermano) y Silvia Catalina
García Sepúlveda (hermana)”.


Tampoco se investigó “a las personas morales SAGA Tierras y Bienes Inmuebles, S. A. de C.
V., Firma Jurídica y Fiscal Abogados S. C. y Firma Contable y Fiscal Contadores y Financieros
S.C., pese a que estuvo acreditada su participación en el esquema de triangulación de
recursos denunciados por MORENA y debidamente acreditados”.


Asimismo, el 26 de julio de 2021, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó
el Acuerdo INE/CG1313/2021 por el que se declaró fundado el procedimiento instaurado
en contra de Movimiento Ciudadano y su candidato a la gubernatura en Nuevo León,
Samuel Alejandro García Sepúlveda.


En consecuencia, se determinó la sanción a Movimiento Ciudadano por incumplir con la
obligación de rechazar aportaciones de ente prohibido. La multa a MC consistió en lo
equivalente al 200% del monto involucrado, es decir, $28,053,000.00.


“La responsable fue omisa en dar cumplimiento al mandato que establece el artículo 222
del Código Nacional de Procedimientos Penales que, como se ha citado, establece la
obligación de que aquellas autoridades que tengan conocimientos de hechos que la ley
señale como delito, deben de hacerlo del conocimiento a la autoridad ministerial
competente”.


Esto, abundó el promovente en el recurso interpuesto, “por la conducta y el grado de
responsabilidad acreditado en el asunto y atribuible al C. Samuel García, violentando de
esta manera el Derecho de Acceso a la Justicia que le asiste al partido político que
represento y el principio de legalidad”.


Ahora, recordó, “no pasa desapercibido para esta representación que en la sentencia SUPRAP-397/2021 y sus acumulados, esta Sala dejo sin efectos la vista ordenada a la Fiscalía
Especializada en Delitos electorales, para el efecto de que el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral se pronunciara sobre la responsabilidad de Samuel Alejandro García
Sepúlveda”.


El representante de Morena ante el Consejo General del INE sostuvo que “es claro que la
vista fue revocada en relación con que en ese momento no existía una responsabilidad del
otrora candidato y en razón de que la responsable se abstuvo de fundar y motivar su
determinación de dar vista a la autoridad ministerial especializada”.


“Es por eso que, consideramos que, al actualizarse la responsabilidad de Samuel García
Sepúlveda, era viable que la responsable analizara y diera vista a la Fiscalía Electoral de la
Fiscalía General de la República, toda vez que es una facultad potestativa de las autoridades
electorales dar vista a otra autoridad del orden penal”, estableció.


“Así, en consecuencia, se pide a esta H. Sala Superior decrete la omisión de referencia y, en
uso de sus atribuciones, sea esta Sala Superior quien dé vista la Fiscalía Electoral de la FGR
para el efecto de que determine, con los autos que obran en el expediente, si hay
responsabilidad penal atribuible al C. Samuel Alejandro García Sepúlveda”, remarcó.

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