9 de enero de 2026
Un juez de control dictó sentencia condenatoria en contra de Miguel Gregorio “N”, de 27 años, tras ser encontrado penalmente responsable de los delitos de feminicidio, violencia familiar y lesiones, cometidos en octubre de 2024 en el municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, informó la Fiscalía General de Justicia del Estado.
El fallo se emitió luego de celebrarse el Juicio Oral Penal del 5 al 8 de enero de 2026, en el que la Fiscalía Especializada en Feminicidios y Delitos Cometidos Contra las Mujeres logró acreditar la responsabilidad plena del acusado mediante un amplio acervo probatorio que incluyó dictámenes periciales, pruebas científicas, evidencia material y testimonios.
Durante las audiencias, el Ministerio Público expuso que el acusado actuó con violencia dolosa y motivaciones de género, demostrando que los hechos no fueron aislados, sino el resultado de una conducta reiterada de violencia familiar ejercida previamente contra la víctima, quien era su pareja sentimental.
Tras valorar los alegatos de apertura, el debate probatorio y los razonamientos de clausura, el órgano jurisdiccional concluyó que la Fiscalía probó de manera contundente y sin duda razonable la autoría directa del acusado, por lo que resolvió imponerle una pena de 51 años y tres días de prisión, además de una multa equivalente a cuatro mil cuotas y el pago de la reparación del daño, que contempla indemnización por muerte y gastos funerarios.
Los hechos ocurrieron el 4 de octubre de 2024, en un domicilio ubicado en la colonia Lomas de San Agustín, donde la víctima, una mujer de 25 años de edad, identificada con las iniciales V. E. M., fue agredida con un arma blanca tipo cuchillo, sufriendo múltiples lesiones en diversas partes del cuerpo que finalmente le provocaron la muerte.
La investigación reveló que el sentenciado contaba con antecedentes de agresiones en enero de 2023 y julio de 2024, periodos en los que incurrió en actos de violencia verbal, amenazas, humillaciones y golpes, lo que evidenció una escalada progresiva de agresividad que culminó en el feminicidio.
La Fiscalía destacó que la relación de confianza, la reiteración de la violencia y la forma en que se cometió el ataque constituyeron razones de género suficientes para clasificar el crimen como feminicidio, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
