+ La temporada de caza, que inició el pasado 17 de noviembre del 2017, concluyó el 11 de febrero de 2018.
+ Durante dicha temporada, la PROFEPA revisó a 167 cazadores, 256 armas, 170 vehículos, 8 piezas de venado cobradas y dos de jabalí.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que la temporada de caza de venado cola blanca en el estado de Nuevo León, iniciada el 17 de noviembre del 2017, concluyó el pasado 11 de febrero de 2018.
Inspectores de esta Procuraduría en la entidad realizaron operativos de inspección y verificación sobre la conclusión de la temporada de caza, en los municipios de la zona rural, como son Anáhuac, Zaragoza, Bustamante, General Terán y Lampazos, principalmente.
La PROFEPA apuntó que los puntos de revisión se ubicaron con apoyo de elementos de Fuerza Civil y en coordinación con Policía Rural, Federal, Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), de la Gendarmería y personal de Parques y Vida Silvestre del Estado.
En total, informó la dependencia federal, durante la temporada de caza del venado cola blanca en Nuevo León 2017 – 2018, se revisó a 167 cazadores, 256 armas, 170 vehículos, 8 piezas de venado cobradas y dos de jabalí.
Además, se instauró un procedimiento administrativo a un cazador que entró sin autorización a un Rancho Cinegético ubicado en Anáhuac, Nuevo León, en donde cazó un venado sin contar con cintillo.
También se interpuso una denuncia ante la Procuraduría General de la República (PGR), por la presunta caza de un ejemplar de puma (Puma concolor) fuera de la temporada de caza establecida específicamente para este felino.
Cabe señalar que en la temporada de caza pasada 2016 – 2017 de venado cola blanca, se revisaron 300 cazadores, 392 armas y 29 piezas de venado cobradas.
El venado cola blanca es una especie autorizada para su cacería, y es manejado para mantener sus poblaciones y lograr un aprovechamiento extractivo sustentable en predios rústicos de propiedad federal o particular, denominados Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA), los cuales eran conocidos anteriormente como Ranchos Cinegéticos.
La PROFEPA informa que el cazador que sea sorprendido en la práctica de esta actividad, fuera de las temporadas establecidas, será sancionado de acuerdo a lo establecido en los artículos 122 y 123 de la Ley General de Vida Silvestre.
Cabe señalar que inspectores de la Delegación de PROFEPA en la entidad efectuaron un operativo de vigilancia en diferentes municipios de la Zona Rural, para evitar que cazadores realizaran actividades fuera de la Temporada establecida, sin que se presentaran casos de cazadores furtivos.