El diputado Adrián Carlos Moreira presentó modificaciones al Código Penal del Estado de Nuevo León, para derogar el título vigésimo quinto denominado “Delitos Cometidos para Sustraer Personas y su Capítulo Único, Desaparición Forzada de Personas”.
Durante la presentación de la iniciativa, el diputado Moreira expresó que el pasado día 17 de noviembre del año 2017, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, misma que entro en vigor en la mayoría de su contenido, a los sesenta días a partir de la citada fecha; con ello, nuestro país dio cumplimiento a lo establecido en los acuerdos internacionales de derechos humanos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas.
“De la resultante de esto, me parece muy importante indicar que nuestro Estado debe atender de forma integral a lo establecido en la nueva Ley, es por eso y en virtud de que estoy convencido que una adecuada simplificación administrativa, en este caso iniciaría con la eliminación del contenido que pudieran ser oficioso y sin ninguna función en específico, por esto la presente busca eliminar la información que se encuentra de más en el Código Penal, ya no es congruente con el contenido de la Ley General”, señaló el diputado.
“El delito de desaparición forzada existente en el Código Local es similar al previsto en la Ley General, pero en ésta última además de que se prevén los diversos supuestos existentes, se sancionan las conductas existentes con una sanción penal mayor al advertirse que el reproche de culpabilidad a quien comete estos delitos debe ser, sin lugar a dudas mayor”.
La Comisión de Justicia y Seguridad Pública será la encargada de analizar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el título vigésimo quinto denominado “Delitos Cometidos para Sustraer Personas y su Capítulo Único, Desaparición Forzada de Personas”, con sus artículo 432 al 443 del Código Penal.