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Podrían sancionar a medios que difundan ‘Mañanera’ durante elecciones: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación definió criterios en los que se prohíbe a los concesionarios de radio y televisión transmitir de manera completa o parcial las conferencias mañaneras, en entidades donde se están desarrollando campañas electorales, so pena de incurren en un alto riesgo de transgredir la restricción constitucional de difundir propaganda gubernamental y por tanto de ser sancionados.

Ello porque las emisiones se hacen en vivo y es imposible separar los contenidos que posiblemente impliquen una infracción electoral de aquellos con carácter informativo.

Lo único que se puede emitir en las conferencias será de carácter institucional y no debe incluir frases, imágenes, voces o símbolos considerador propaganda política o electoral, y deberá tener fines informativos de servicios educativos y de salud o los necesarios para la protección civil en casos de emergencia.

La sala superior resaltó que las conferencias mañaneras constituyen un modelo de comunicación gubernamental que comprende información de interés público, pero estas no pueden sustraerse del marco constitucional y legal vigente, en especial las restricciones en materia de propaganda electoral.

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