{"id":20540,"date":"2020-01-21T17:23:04","date_gmt":"2020-01-21T23:23:04","guid":{"rendered":"http:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/?p=20540"},"modified":"2020-01-22T17:26:56","modified_gmt":"2020-01-22T23:26:56","slug":"establece-cee-financiamiento-publico-2020-para-partidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/establece-cee-financiamiento-publico-2020-para-partidos\/","title":{"rendered":"Establece CEE financiamiento p\u00fablico 2020 para partidos"},"content":{"rendered":"<p>El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aprob\u00f3 la cantidad de 224 millones 812 mil 377 pesos como financiamiento p\u00fablico total de los partidos pol\u00edticos para sus actividades ordinarias permanentes durante el 2020; cifra que presupuest\u00f3 conforme a la normativa electoral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, la CEE estableci\u00f3, las cifras m\u00e1ximas que cada partido podr\u00e1 recibir de simpatizantes; y las fechas l\u00edmites que tienen las y los Diputados locales, y las y los Alcaldes, S\u00edndicos y Regidores, que deseen renunciar al partido que las y los postul\u00f3, para poder reelegirse por uno distinto, en las pr\u00f3ximas elecciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Respecto al financiamiento, la Ley Electoral indica que para determinarlo, la Comisi\u00f3n debe presupuestar una cantidad resultante del 65 por ciento del salario m\u00ednimo diario vigente en Monterrey, por el n\u00famero de electores inscritos en el padr\u00f3n electoral del Estado, y distribuirla conforme a dos porcentajes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De esta forma, el 30 por ciento de la cifra total aprobada por el Congreso para el financiamiento p\u00fablico, se entrega en ministraciones iguales a los partidos con representaci\u00f3n en \u00e9ste; y el 70 por ciento restante, se distribuye en proporci\u00f3n al porcentaje de votos que cada entidad pol\u00edtica con presencia en el Legislativo, obtuvo en la anterior elecci\u00f3n de Diputados locales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De acuerdo a la normativa electoral, los partidos que tienen derecho a recibir recursos p\u00fablicos locales son los que obtuvieron al menos, el 3 por ciento de votaci\u00f3n v\u00e1lida emitida en el anterior proceso electoral local; y en este caso se encuentran: PAN; PRI; PT; PVEM; MC; MORENA y Nueva Alianza Nuevo Le\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso de Nueva Alianza Nuevo Le\u00f3n, al haber obtenido el porcentaje m\u00ednimo requerido de votaci\u00f3n, recibir\u00e1 financiamiento p\u00fablico conforme a los votos obtenidos en la pasada elecci\u00f3n, y no como partido nuevo, de acuerdo con las leyes en la materia.<\/p>\n<p>Con el fin de respetar el principio de legalidad, el organismo entrega en enero, una cifra calculada con la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA) de 2019 (84.49), hasta que entre en vigor la actual (86.88), el pr\u00f3ximo 1 de febrero.<\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>Fijan aportaciones a partidos <\/strong><\/p>\n<p>Para el 2020, la CEE aprob\u00f3 6 millones 145 mil 349 pesos como la cifra m\u00e1xima que cada partido podr\u00e1 recibir por aportaciones en dinero de simpatizantes; y 614 mil 534 pesos, como la m\u00e1xima que cada persona f\u00edsica o moral podr\u00e1 aportar a un instituto pol\u00edtico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Conforme a la Ley Electoral, para obtener las cifras anteriores, la CEE tom\u00f3 como base el tope de gastos para la renovaci\u00f3n de la gubernatura de la anterior elecci\u00f3n, m\u00e1s el \u00edndice de inflaci\u00f3n acumulado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Determinan fechas para renunciar a un partido y postularse por otro<\/strong><\/p>\n<p>En la misma Sesi\u00f3n, el \u00f3rgano electoral fij\u00f3 el 29 de febrero de 2020, como fecha l\u00edmite para que las y los actuales Diputados locales, renuncien a la militancia del partido que las y los postul\u00f3, y puedan reelegirse por otro, en el proceso electoral 2020-2021.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Mientras que para las y los Presidentes municipales, S\u00edndicos y Regidores, electas y electos en el proceso electoral ordinario 2017-2018, estableci\u00f3 que la fecha ser\u00e1 el 14 de abril de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y para el caso de las y los integrantes del Ayuntamiento de Monterrey, que se eligieron en elecciones extraordinarias de 2018, determin\u00f3 como plazo l\u00edmite el 30 de mayo de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las fechas que precis\u00f3 la CEE, corresponden a la mitad del mandato correspondiente, y para establecerlas se consider\u00f3 la normativa electoral y los tiempos de inicio y conclusi\u00f3n de cada cargo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed, las Diputaciones iniciaron el 1 de septiembre de 2018, y concluyen el 31 de agosto de 2021; los Ayuntamientos electos en proceso ordinario, comenzaron el 31 de octubre de 2018, y terminan el 29 de septiembre de 2021; y el Ayuntamiento de Monterrey, elegido en proceso extraordinario, empez\u00f3 el 31 de enero de 2019, y culmina el 29 de septiembre de 2021.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aprob\u00f3 la cantidad de 224 millones 812 mil 377 pesos como financiamiento p\u00fablico total de los partidos pol\u00edticos para sus actividades ordinarias permanentes durante el 2020; cifra que presupuest\u00f3 conforme a la normativa electoral. &nbsp; Asimismo, la CEE estableci\u00f3, las cifras m\u00e1ximas que cada partido podr\u00e1 recibir [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":20541,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_uf_show_specific_survey":0,"_uf_disable_surveys":false,"footnotes":""},"categories":[2,6,4],"tags":[],"class_list":["post-20540","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-locales","category-politics","category-portada","has-thumb"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20540","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=20540"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20540\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":20542,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20540\/revisions\/20542"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/20541"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20540"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20540"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=20540"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}