{"id":9905,"date":"2018-04-06T19:20:03","date_gmt":"2018-04-07T01:20:03","guid":{"rendered":"http:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/?p=9905"},"modified":"2018-04-06T19:20:03","modified_gmt":"2018-04-07T01:20:03","slug":"emite-cee-lineamientos-para-diputaciones-y-regidurias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/emite-cee-lineamientos-para-diputaciones-y-regidurias\/","title":{"rendered":"Emite CEE lineamientos para diputaciones y regidur\u00edas"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aprob\u00f3 los lineamientos con los que llevar\u00e1 a cabo la distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de diputaciones y regidur\u00edas de Representaci\u00f3n Proporcional, en el Proceso Electoral 2017-2018, en sesi\u00f3n extraordinaria, este 6 de abril.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Respecto a la asignaci\u00f3n de diputaciones por el principio de representaci\u00f3n proporcional, tendr\u00e1 derecho a participar en la asignaci\u00f3n de \u00e9stas, el partido que haya obtenido el porcentaje m\u00ednimo del 3 por ciento de la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El organismo tambi\u00e9n estableci\u00f3, que todo aquel partido que haya obtenido el 3 por ciento o 6 por ciento de la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida, tendr\u00e1 derecho a 1 o 2 curules, seg\u00fan corresponda al porcentaje obtenido, conforme a la Ley Electoral del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, que se determinar\u00e1 la votaci\u00f3n efectiva que, conforme a la Ley, resulta de restar de la Votaci\u00f3n Total, los votos emitidos para candidaturas no registradas y los votos nulos; deduciendo tambi\u00e9n los votos de los partidos que no obtuvieron el 3 por ciento de la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida y los votos expresados para candidaturas independientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Posteriormente, se fijar\u00e1 la votaci\u00f3n efectiva restante y se obtendr\u00e1 el cociente electoral, al dividir la votaci\u00f3n efectiva restante entre el n\u00famero de curules que a\u00fan falten por repartir, despu\u00e9s de la operaci\u00f3n de porcentaje m\u00ednimo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se dividir\u00e1 la votaci\u00f3n efectiva restante de cada partido pol\u00edtico entre el cociente electoral, enseguida; y el resultado en n\u00fameros enteros representa el n\u00famero de curules que corresponde distribuir a cada instituto pol\u00edtico, por medio de esta operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si despu\u00e9s de aplicar la operaci\u00f3n del cociente electoral a\u00fan quedaren curules por repartir, \u00e9stas se distribuir\u00e1n por el resto mayor, siguiendo el orden decreciente de los restos de votos no utilizados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con base en lo anterior, el total de curules para cada partido corresponder\u00e1 a la suma de curules obtenidas por las operaciones de porcentaje m\u00ednimo, as\u00ed como por cociente electoral y resto mayor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Asignaci\u00f3n de diputaciones plurinominales<\/strong><\/p>\n<p>Una vez distribuidas las curules de mayor\u00eda relativa y representaci\u00f3n proporcional, en cumplimiento a la Ley Electoral, la CEE asignar\u00e1 las candidaturas registradas en lista plurinominal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para establecer dichas candidaturas, el \u00f3rgano electoral verificar\u00e1 resultados de mayor\u00eda relativa en distritos uninominales, para determinar el g\u00e9nero que obtuvo menor n\u00famero de esca\u00f1os, de los 26 que se obtienen por esa v\u00eda.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, establecer\u00e1 una prelaci\u00f3n para la asignaci\u00f3n por partidos, empezando por los que obtuvieron menor votaci\u00f3n y as\u00ed sucesivamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con base en esa prelaci\u00f3n, asignar\u00e1 las curules plurinominales o listas, de los que hayan obtenido una vez el porcentaje m\u00ednimo, y para ello se verificar\u00e1 el n\u00famero de diferencia o brecha, que existe entre un g\u00e9nero y otro en Mayor\u00eda Relativa. \u00c9ste ser\u00e1 el n\u00famero de esca\u00f1os que se otorgar\u00e1, en una primera asignaci\u00f3n al g\u00e9nero menos favorecido, siempre y cuando haya suficientes curules obtenidas por ese porcentaje m\u00ednimo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Una vez agotados dichos lugares y de existir m\u00e1s partidos que hayan obtenido dicho porcentaje, se asignar\u00e1n con alternancia de g\u00e9nero, empezando nuevamente por el g\u00e9nero menos favorecido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las asignaciones para aquellos partidos que consigan una segunda vez el porcentaje m\u00ednimo, se har\u00e1n al g\u00e9nero restante en la lista hasta agotar este m\u00e9todo de asignaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para la asignaci\u00f3n de las curules que corresponden a las y los candidatos que, no habiendo obtenido mayor\u00eda relativa en su distrito, hubieren obtenido el mayor porcentaje de votos en su distrito a favor de sus partidos, se considerar\u00e1 una alternancia al interior de cada uno de los partidos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En coaliciones, se iniciar\u00e1 con el g\u00e9nero menos favorecido de la sumatoria de las curules plurinominales a las que hayan accedido los partidos pol\u00edticos integrantes de la coalici\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>Distribuci\u00f3n de regidur\u00edas por Representaci\u00f3n Proporcional<\/strong><\/p>\n<p>Los porcentajes de votaci\u00f3n de cada partido y candidatura independiente, se obtendr\u00e1n con base en la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida, la cual es resultado del c\u00f3mputo final de la elecci\u00f3n para Ayuntamiento, a caro de la Comisi\u00f3n Municipal Electoral. De dicho resultado, la planilla que haya obtenido el porcentaje m\u00ednimo del 3 por ciento de la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida, tendr\u00e1 derecho a participar a la asignaci\u00f3n de regidur\u00edas por el principio de la representaci\u00f3n proporcional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De acuerdo a los resultados del c\u00f3mputo total, se verificar\u00e1 si alguna planilla que no sea la de mayor\u00eda, obtuvo el 3 por ciento de la Votaci\u00f3n V\u00e1lida Emitida; y se asignar\u00e1 una regidur\u00eda a toda aquella planilla cuya votaci\u00f3n contenga una vez el Porcentaje M\u00ednimo. As\u00ed, la asignaci\u00f3n es hasta el tope de regidur\u00edas por repartir, asign\u00e1ndose s\u00f3lo a los que hayan obtenido el mayor n\u00famero de votos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se asignar\u00e1n tantas regidur\u00edas como n\u00famero entero de veces incluya su votaci\u00f3n al cociente electoral, y todas las regidur\u00edas que corresponda a cada planilla, en orden decreciente de la votaci\u00f3n restante.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Aprueban Plataformas Electorales del PRI y PES<\/strong><\/p>\n<p>En la misma sesi\u00f3n, el organismo aval\u00f3 el registro de las Plataformas Electorales presentadas por el Partido Revolucionario Institucional, para las elecciones a Diputaciones locales y para integrar 38 Ayuntamientos, en el proceso electoral 2017-2018.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cabe mencionar, que el PRI va coaligado con el PVEM en la Coalici\u00f3n flexible \u201cCiudadanos Por M\u00e9xico\u201d, en 13 Ayuntamientos: Abasolo, Cadereyta, Dr. Gonz\u00e1lez, El Carmen, Guadalupe, Hidalgo, Ju\u00e1rez, Lampazos de Naranjo, Los Aldamas, Los Ramones, Mier y Noriega, Salinas Victoria y Villaldama.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, aprob\u00f3 el registro de la Plataforma Electoral presentada por el Partido Encuentro Social, para las elecciones a Diputaciones locales por el D\u00e9cimo Noveno Distrito Electoral y para integrar el Ayuntamiento de Melchor Ocampo, en el proceso electoral 2017-2018.<\/p>\n<p><u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p>El PES, va coaligado con el Partido del Trabajo y Morena, en la Coalici\u00f3n parcial \u201cJuntos Haremos Historia\u201d, en 25 diputaciones y 50 Ayuntamientos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; El Consejo General de la Comisi\u00f3n Estatal Electoral aprob\u00f3 los lineamientos con los que llevar\u00e1 a cabo la distribuci\u00f3n y asignaci\u00f3n de diputaciones y regidur\u00edas de Representaci\u00f3n Proporcional, en el Proceso Electoral 2017-2018, en sesi\u00f3n extraordinaria, este 6 de abril. &nbsp; Respecto a la asignaci\u00f3n de diputaciones por el principio de representaci\u00f3n proporcional, tendr\u00e1 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_uf_show_specific_survey":0,"_uf_disable_surveys":false,"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-9905","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politics","no-thumb"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9905","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9905"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9905\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9906,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9905\/revisions\/9906"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9905"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9905"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elsemanariodenuevoleon.com.mx\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9905"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}